Consideraciones sobre el marco con lineamientos para el acuerdo comercial entre Argentina y EE.UU.
Consideraciones generales
El 13 de noviembre se comunicó desde la Casa Blanca una declaración conjunta sobre un marco con lineamientos para un acuerdo comercial y de inversión recíproco entre Argentina y Estados Unidos (en adelante, EE.UU.), titulado “JOINT STATEMENT ON FRAMEWORK FOR A UNITED STATES-ARGENTINA AGREEMENT ON RECIPROCAL TRADE AND INVESTMENT”. Si bien debe tomarse con relativa prudencia dado que llevará cierto tiempo hasta que el acuerdo pueda efectivizarse, lo publicado en este documento permite extraer una serie de conclusiones preliminares.
Primero, tal como el título preanuncia, se supone que es un marco para un acuerdo de concesiones recíprocas, pero en la realidad es un marco sumamente desbalanceado y asimétrico ya que sólo Argentina asume compromisos para un futuro acuerdo bilateral. Este es un primer punto muy sorprendente, ya que ni siquiera se listan de manera precisa las concesiones que haría EE.UU. en beneficio de nuestro país y se detallan, en cambio, numerosas concesiones hacia los Estados Unidos en cada uno de los puntos – barreras arancelarias y no arancelarias, propiedad intelectual, acceso al mercado agrícola, trabajo y eliminación de ‘distorsiones’ de empresas públicas sobre algunos mercados, entre los ejes más importantes.
Así, resulta muy difícil asignarle al futuro acuerdo un carácter bilateral ya que no hay derechos y obligaciones equivalentes para las dos partes. Hay derechos de los EE.UU. y obligaciones de Argentina. Por otro lado, los términos informados por los EE.UU. no coinciden con los publicados por el gobierno argentino, dado el breve comunicado que se publicó en X por parte de la Oficina del Presidente. Al contrario, el comunicado argentino infiere consecuencias positivas que no surgen de lo informado oficialmente por la Casa Blanca.
Segundo, Argentina y Estados Unidos son economías que compiten en sectores relevantes, como el agro. Esto se agrava, además, por la diferencia de productividad, particularmente en el segmento industrial. El marco del acuerdo se realizó sin análisis sectoriales, sin consultas ni estudios. La apertura al ingreso de bienes de capital, automóviles, medicamentos y demás ramas industriales, significa un automático impacto negativo sobre el aparato productivo argentino. Resulta relevante que el texto del marco del acuerdo es similar al de El Salvador, Ecuador y Guatemala, siendo que estos países carecen del desarrollo industrial que sí tiene Argentina.
Tercero, el futuro acuerdo implicaría una rendición sin precedentes de soberanía en todas las materias: comercial, económica, social, laboral, jurídica y ambiental. Argentina, más que un socio comercial, se convertiría en una sucursal estadounidense. De hecho, se aplicarían normas estadounidenses para el comercio local en Argentina, incluso en áreas sensibles, como productos farmacéuticos y alimenticios. Argentina se compromete a seguir estándares y normas estadounidenses en una importante cantidad de sectores a expensas de las propias, lo que otorga una prioridad de acceso absoluta los productores norteamericanos. El gobierno presenta esto como una adecuación a los estándares internacionales, pero en realidad en el mundo si bien hay acuerdos globales, ningún país resigna la posibilidad de tener sus propios estándares acorde a sus intereses, idiosincrasia y estructura productiva.
Cuarto, la difusión que se hizo del marco del acuerdo por parte de Estados Unidos indica: "Argentina ha desmantelado numerosas barreras no arancelarias que restringían el acceso a su mercado, incluyendo las licencias de importación, garantizando así condiciones más equitativas para el comercio internacional”. Esta aseveración sorprende, ya que omite la decidida política de aplicación de aranceles en tanto políticas de protección comercial del mercado estadounidense que encabezó la administración de Donald Trump, y que se dirigió a prácticamente todos los países del mundo desde el 2 de abril de 2025. Suena irrisorio que sea EE.UU. bajo la presente administración quien sostenga una retórica discursiva en pos del libre comercio. Es a todas luces evidente que el objetivo es que Argentina se convierta en un mercado abierto para la colocación de productos de Estados Unidos y que incluso se cierre a los productos de “economías no mercantiles” (tal como se detalla en el punto referido a condiciones laborales), expresión comúnmente usada en foros internacionales para desplazar la competencia china. Muy lejos de una propuesta de mejora de las condiciones productivas y de empleo para el país, Argentina ingresa – como contrapartida de la ayuda financiera a través del swap de monedas entre el BCRA y el Tesoro de EE.UU. anunciado el 20 de octubre de 2025– en la lógica de la guerra comercial entre Estados Unidos y la República Popular China, en tanto extensión del mercado de colocación de productos de empresas norteamericanas y con evidentes limitaciones para la concreción de proyectos de alto valor agregado y tecnología.
Quinto, los compromisos argentinos, orientados a favorecer a EE.UU. en la relación comercial, conllevan una necesaria trayectoria en relación a la administración del tipo de cambio. El acuerdo comercial no es suficiente per se para que los productos de EE.UU. beneficiados por el mismo tengan una colocación garantizada en el mercado. Es decir, requerirá, además, de un tipo de cambio bajo. Esto es importante porque por estas horas se debate la hoja de ruta cambiaria con una clara confrontación entre la mirada del FMI, más propicia a acumulación de divisas y por ende, un tipo de cambio más alto, y la postura del gobierno, con bandas cambiarias que lucen atrasadas.
Sexto, en términos constitucionales, los alcances del acuerdo atraviesan atribuciones sustanciales del Congreso de la Nación Argentina e incluso de las provincias, titulares dominiales de los recursos naturales (art. 124 de la Constitución Nacional). Según el artículo 75 de la Constitución Nacional, son atribuciones del Congreso:
- Legislar en materia aduanera, inciso 1;
- Reglar el comercio con naciones extranjeras, inciso 13;
- Aprobar o desechar tratados concluidos con otras naciones, inciso 22.
Con este acuerdo, no solo se requeriría la participación del Congreso argentino para su aprobación, sino también que renuncie a sus atribuciones aduaneras y comerciales en lo sucesivo y en lo referente a los EE.UU. Es pertinente que nuestro Poder Ejecutivo informe de inmediato los detalles del acuerdo y precise la supuesta necesidad e idoneidad de su contenido.
Las partes
Compromisos asumidos por Argentina
Luego de estas consideraciones, detallamos a continuación cuáles son los compromisos que asumiría Argentina, y luego, los Estados Unidos, en el marco de este acuerdo bilateral.
“Aranceles: Argentina otorgará acceso preferencial a los mercados estadounidenses para las exportaciones de bienes, incluidos ciertos medicamentos, productos químicos, maquinaria, productos de tecnología de la información, dispositivos médicos, vehículos automotores y una amplia gama de productos agrícolas”.
Esta constituye la principal concesión de nuestro país. No hay reciprocidad, es decir, el beneficio sólo es para EE.UU.
En 2025, más de la mitad (53,8%) de las importaciones que Argentina realizo de Estados Unidos correspondieron a solamente tres actividades económicas: Sustancias y Productos Químicos por USD 1.217 millones (23,4% del total), Maquinaria y equipo (sin clasificar) por USD 894 millones (17,2% del total), Coque y refinados del petróleo por USD 686 millones (13,2% del total). En efecto, durante los primeros 9 meses de 2025 la balanza comercial con EE.UU. arroja un saldo positivo por apenas USD 360 millones, dado que las exportaciones argentinas en el curso del año alcanzaron USD 5.556 millones y las importaciones significaron USD 5.197 millones, según el Sistema de Consulta de Comercio Exterior de Bienes (COMEX) del INDEC. Hay que tener en cuenta que este saldo es positivo centralmente por la reducción de las importaciones de combustibles y lubricantes en 60,8% y el incremento de la exportación del petróleo crudo en 128,7%.

En el caso de la actividad Sustancias y Productos Químicos, las importaciones se encuentran centralmente vinculadas a insumos para la producción, siendo que USD 513 millones correspondieron a sustancias y productos químicos para este fin y USD 248 millones fueron plásticos y caucho sintético en formas primarias (otro insumo para la producción), entre otros. Por su parte, dentro de la actividad Maquinaria y equipo (sin clasificar), se puede destacar la importación de bombas y compresores (USD 247 millones), otras maquinarias de uso general (USD 120 millones), motores y turbinas (USD 110 millones) y maquinaria agropecuaria y forestal (USD 104 millones). Por último, la mayor parte de Coque y refinados del petróleo fue explicado por la importación de combustibles y lubricantes.
En cuanto a las exportaciones que le realiza Argentina a EE.UU., en el curso de 2025 la actividad económica Petróleo crudo y gas natural alcanzó USD 2.002 millones (explicado centralmente por el petróleo crudo), la Fundición y refinación de metales comunes por USD 1.517 millones (centralmente productos primarios) y los productos alimenticios por USD 754 millones (fundamentalmente carnes, frutas, hortalizas, aceites, grasas y pescado). Estas tres actividades económicas explican el 76,9% de las exportaciones realizadas en los primeros nueve meses de 2025.

Ahora bien, en relación con los tipos de productos que pasan a tener acceso preferencial no existe la reciprocidad. Únicamente en dos de ellas se evidencian saldos positivos en los primeros nueve meses de 2025, siendo estas productos alimenticios, bebidas y agricultura y ganadería. Por el otro lado, el resto de las actividades incluidas en este tipo de acceso presentan saldos negativos. Por lo tanto, frente al escueto superávit comercial que presenta Argentina con EE.UU., este acuerdo podría tornar nuevamente deficitario al intercambio comercial entre ambos países.
“Asimismo, los países se han comprometido a mejorar las condiciones de acceso bilateral y recíproco a los mercados de carne de res”.
El comunicado de Argentina sostiene, a diferencia del realizado por la Casa Blanca, que habría una “ampliación significativa del acceso de la carne bovina al mercado estadounidense”. Si nos ajustamos a los hechos, el comunicado aparece como una profesión de fe. El antecedente relevante es del 22 de octubre de este año (2025), ni bien trascendió que Argentina podría incrementar de 20.000 a 80.000 toneladas las exportaciones de carne, fue la mismísima Secretaría de Agricultura Brooke Rollins la que anticipó que, de concretarse un acuerdo comercial, el volumen de carne que se compraría a la Argentina “no será mucho” y agregó que “nos aseguraremos de que nuestra industria ganadera esté protegida”. Como si fuera poco, afirmó que “Argentina enfrenta un problema de fiebre aftosa y que deberá garantizar la seguridad si se concreta un incremento del producto argentino”. En conclusión, aunque aparenta ser un compromiso mutuo, no se desprende beneficio alguno para nuestro país.
Para agregar algunas precisiones, el acuerdo de carne vacuna o de res, según establece el comunicado de la Casa Blanca, consistiría en un incremento desde 20 mil a 80 mil toneladas para exportación. Hoy, dentro de la cuota, Argentina vende 20 mil toneladas de carne vacuna a Estados Unidos y por fuera de la cuota, Argentina paga aranceles de las otras 20 mil toneladas. Es decir, se trataría de una duplicación del total de la exportación de carne y, aparentemente, sin aranceles. Estados Unidos pasaría de ser un 3% a un 7% de la exportación de carne vacuna argentina. Se presume que EE.UU. preferiría cortes que valen USD 8 mil la tonelada y cortes con certificaciones Kosher y Angus.
Este punto en el acuerdo aparenta ser el único favorable a la Argentina, sin embargo, cabe un interrogante importante: ¿es una gestión transitoria o será una ley del Congreso de EE.UU. y quedará como algo permanente?
Luego, en el tema carne vacuna, cabe preguntar: ¿tenemos la cantidad suficiente de animales para cumplir con la demanda de Estados Unidos? ¿cuál será el impacto en el precio local de la carne vacuna? Argentina tiene el siguiente diagnóstico que cabe desarrollar: nuestro país se dirige hacia un mercado doméstico donde la carne vacuna valdrá más que la carne aviar o la porcina. Hasta hace un tiempo atrás, no importaba el costo de producción: si la carne vacuna crecía en sus precios, la porcina y aviar iban a la par. Ahora comienzan a disociarse estos comportamientos y se plantea una situación similar a otros países: la carne vacuna debe pagarse entre un 50% y 60% más que la porcina o aviar. Pareciera ser una situación de no retorno y, si no hay carne vacuna en abundancia hacia adelante, si bien la disponibilidad de proteína animal en Argentina es buena (120 kilos por habitante por año), la carne porcina y aviar serán preponderantes porque serán más baratas frente a la vacuna.
“Con este Acuerdo, (Argentina) se ha comprometido a no exigir formalidades consulares para las exportaciones estadounidenses a Argentina”.
La mayoría de las exigencias de formalidades consulares están suspendidas desde 2018, aunque con medidas locales de la Argentina. El acuerdo implica que estas exigencias no sean modificables a futuro.
“Normas y evaluación de la conformidad: Argentina permitirá el ingreso de productos estadounidenses que cumplan con las normas estadounidenses o internacionales aplicables, las regulaciones técnicas estadounidenses o los procedimientos de evaluación de la conformidad estadounidenses o internacionales, sin requisitos adicionales de evaluación de la conformidad, y continuará eliminando las barreras no arancelarias que afectan el comercio en áreas prioritarias”.
Esta mención hace referencia a los Reglamentos Técnicos y certificaciones de organismos e intervenciones previas como SENASA, ANMAT, INAL. En varios de los supuestos fue recientemente desregulado[1] y rige ese reconocimiento de certificaciones de los organismos del país de origen, pero a nivel de normas infra legales. Al igual que el caso anterior, ya rige con resoluciones locales y lo que haría este acuerdo comercial con EE.UU. es “blindarlo” hacia adelante. Además, asumir las certificaciones estadounidenses en materia sanitaria y fitosanitaria resulta contrario a las responsabilidades regulatorias que la Argentina ha asumido en el marco del Mercosur, especialmente en lo relativo a la armonización de reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación de la conformidad. Nuevamente, no hay reciprocidad.
“Asimismo, Argentina eliminará gradualmente la tasa de estadística a los productos estadounidenses”.
Según las normas de la Organización Mundial del Comercio (OMC), tales medidas no pueden eliminarse discrecionalmente para un único país, ya que constituyen disposiciones de carácter multilateral y de aplicación no discriminatoria. Que Estados Unidos desconozca ciertos compromisos multilaterales no es lo mismo que lo haga la Argentina, país con un peso relativo distinto, que debe preservar el cumplimiento de los principios de la OMC para sostener su credibilidad comercial y jurídica. Además, constituye otro compromiso de Argentina que carece de reciprocidad. En términos de recaudación, en los primeros diez meses de 2025, el tributo suma $875.000 millones, de los cuales $80.000 millones corresponden a productos de Estados Unidos.
“Argentina aceptará la importación de vehículos fabricados en Estados Unidos que cumplan con las Normas Federales de Seguridad de Vehículos Automotores y las normas de emisiones estadounidenses, y aceptará los certificados de la Administración de Alimentos y Medicamentos de Estados Unidos (FDA) y las autorizaciones previas de comercialización para dispositivos médicos y productos farmacéuticos”.
Es una concesión inédita. Argentina nunca había asumido un compromiso de estas características. Si bien Sturzenegger impulsó recientemente medidas que anticipan esta redacción[2] y saltean los organismos de control locales, lo cierto es que, siendo parte de un acuerdo bilateral, ahora esto se convertiría en una (des)regulación de difícil modificación. Por otro lado, no se trata de una desregulación interna en sentido estricto, sino de la aceptación de condiciones impuestas por Estados Unidos, lo que implica una pérdida de soberanía regulatoria, al supeditar normas nacionales a criterios externos ajenos a los compromisos regionales y multilaterales vigentes. No hay reciprocidad.
“Acceso a los mercados agrícolas: Argentina ha abierto su mercado al ganado bovino vivo estadounidense, se ha comprometido a permitir el acceso al mercado de las aves de corral estadounidenses en el plazo de un año y ha acordado no restringir el acceso al mercado de los productos que utilizan ciertas denominaciones para quesos y carnes. Argentina simplificará los procesos de registro de productos para la carne de res, los productos cárnicos, las vísceras y los productos porcinos estadounidenses, y no exigirá el registro de instalaciones para las importaciones de productos lácteos estadounidenses”.
Tal como establece la redacción citada, Argentina abre su mercado a importaciones de ganado bovino, carne aviar, quesos y otras carnes. También se establecen compromisos que Argentina asumirá en la simplificación de procesos para carne de res, vísceras, productos de cerdo provenientes de Estados Unidos. También Argentina relajara el ingreso de productos lácteos. En el marco del acuerdo además se eliminan controles propios del SENASA. El compromiso, nuevamente, es sólo de Argentina.
“Afrontar las empresas estatales y las subvenciones: Argentina se ha comprometido a abordar las posibles acciones distorsionadoras de las empresas estatales y las subvenciones industriales que puedan tener un impacto en la relación comercial bilateral”
Otro compromiso unilateral: pareciera dirigirse a la estatal INVAP, con la que Estados Unidos ha planteado su molestia en materia de competencia por los satélites geoestacionarios. Ya en los WikiLeaks en 2006, EE.UU. ponía el ojo en INVAP mencionando que "Las fuerzas armadas estadounidenses tienen intereses directos en la tecnología que resultaría de este proyecto." Tampoco descartamos que se dirija a empresas como YPF o ARSAT.
“Trabajo: Argentina ha reafirmado su compromiso con la protección de los derechos laborales reconocidos internacionalmente. Además, adoptará e implementará una prohibición a la importación de bienes producidos mediante trabajo forzoso u obligatorio y reforzará la aplicación de la legislación laboral”.
Representa una medida “escondida” orientada a condicionar productos provenientes de la República Popular China y otros países del sudeste asiático. Aunque se oculta en un noble objetivo, este lenguaje es el que utiliza EE.UU. en todos los foros para desplazar la competencia china y garantizarse acceso a mercados en el marco de la guerra comercial existente.
“Consideraciones y oportunidades comerciales: Argentina y Estados Unidos cooperarán para facilitar la inversión y el comercio de minerales críticos”.
La intención es que EE.UU. se garantice el acceso privilegiado a los minerales críticos del país, sin contrapartidas en materia de valor agregado local. En la actualidad la República Popular China domina la producción y el procesamiento de una gran cantidad de minerales críticos a nivel global y es una prioridad estratégica de EE.UU. contar con fuentes de provisión alineadas, lo que este acuerdo facilitaría. El secretario del Tesoro, Scott Bessent, declaró el pasado 7 de noviembre que “el presidente Trump asumió el cargo el 20 de enero, inmediatamente emitió una orden ejecutiva sobre tierras raras y aquí estamos. Es noviembre y tengo el primer imán fabricado en los EE. UU., creo que en 25 años. Estamos en camino de solucionar la asfixia china. Esto es gracias al presidente Donald Trump que se comprometió totalmente en esta emergencia de seguridad nacional.”[3]
El caso del uranio merece un análisis particular. Un documento de la Nuclear Energy Agency (NEA) titulado “ROADMAPS TO NEW NUCLEAR 2025” y dirigido a ministros y CEOs, sostiene, en carácter de diagnóstico actual, la enorme importancia del uranio a nivel global como insumo crítico y cuya demanda se ha incrementado de manera sostenida: “El Libro Rojo de 2024 destaca que la producción de uranio no ha seguido el ritmo de los requisitos de los reactores en los últimos años, lo que ha derivado en una mayor dependencia de fuentes secundarias. Salvo Canadá, todos los demás países con centrales nucleares siguen dependiendo de las importaciones. Este desequilibrio pone de manifiesto la necesidad de reinvertir en la producción primaria para evitar futuros riesgos de suministro.” Prosigue el documento citado: “[El informe de 2024] proyecta un crecimiento sostenido de la demanda de uranio hasta 2050, especialmente en China, India y Oriente Medio. Confirma que los recursos recuperables identificados, estimados en casi 8 millones de toneladas de uranio a enero de 2023, son suficientes para respaldar tanto el uso continuo como la expansión de la energía nuclear hasta 2050. Sin embargo, los recursos por sí solos no garantizan el suministro. Se requerirán precios del uranio adecuados y sostenidos para llevar a cabo los nuevos proyectos, impulsar la exploración para reemplazar los recursos agotados, identificar nuevos yacimientos y apoyar la investigación y el desarrollo de técnicas de extracción innovadoras para fuentes no convencionales.”
Ello coloca a la Argentina, que tiene reservas de uranio, en un lugar estratégico para el desarrollo de su energía nuclear, brindándole a nuestro país potencialidades significativas como país soberano en esta energía limpia. El camino inverso, el de la exportación de uranio, supone que el recurso escaso de un mineral crítico no sólo no sea usado para fines soberanos y pacíficos, sino que sea vendido para el desarrollo de otra potencia en esta materia.
“Ambos países también acordaron trabajar para estabilizar el comercio mundial de soja”.
El marco del acuerdo establece: “Los dos países también acordaron trabajar para estabilizar el comercio mundial de soja.” Esto significa que cualquier medida de promoción de productores locales argentinos, ya sea “dólar soja” o cualquier política de retenciones cero o baja de retenciones para la soja, se consideraría desestabilizadora del mercado mundial de la soja, por lo que no podrían aplicarse. Adicionalmente, es posible que esta cláusula condicione las chances de ganar mercado en la República Popular China para la soja argentina en caso de represalias chinas a EE.UU.
“Alineación en materia de seguridad económica: Argentina intensificará la cooperación con Estados Unidos para combatir las políticas y prácticas no mercantiles de otros países”
Este compromiso aparece como abiertamente dirigido a productos de origen chino, en mercados subsidiados que desde la redacción oficial son prácticas no mercantiles.
Argentina se compromete además con exigencias de Propiedad intelectual, Medio ambiente y comercio digital, de manera unilateral.
En este último punto, se recoge la intención de larga data de Estados Unidos de que Argentina modifique sus normas internas en materia de patentabilidad de productos farmacéuticos con el objetivo de dar mayor acceso a los productos importados a expensas de la producción local de medicamentos y genéricos. De avanzar en esta dirección, se trataría de un golpe mortal para uno de los sectores industriales más relevantes del país. Sin embargo, el texto no es contundente y pareciera estar este punto en negociaciones. La lectura de los laboratorios argentinos es que este acuerdo implica beneficiar a CAEME, la cámara de laboratorios multinacionales, en detrimento de los nacionales.
Asimismo, Argentina se compromete facilitar el comercio digital con Estados Unidos reconociendo su jurisdicción bajo la ley argentina, incluyendo la transferencia de datos personales.
Compromisos que asumiría EE.UU.
“En reconocimiento del ambicioso programa de reformas de Argentina y sus compromisos comerciales, y en consonancia con el cumplimiento por parte de Argentina de los requisitos pertinentes de seguridad económica y de la cadena de suministro, Estados Unidos eliminará los aranceles recíprocos sobre ciertos recursos naturales no disponibles y artículos no patentados para uso farmacéutico”.
El “beneficio” para Argentina es difuso: los aranceles incrementados temporariamente por Trump este año se reducirán, pero sólo para los recursos naturales no disponibles. La versión de la Oficina del Presidente argentino indica que “EE.UU. se compromete a eliminar aranceles a productos no disponibles en su territorio”, es decir, aquellos que no impliquen competencia para EE.UU., y los artículos farmacéuticos no patentados, con baja incidencia. Los productos que, mayoritariamente, Argentina exporta a EE.UU. no son aquellos no disponibles. En concreto, EE.UU. va a mantener tarifas sobre acero y no hay precisiones sobre biodiesel, sobre limones ni sobre aluminio.
“Además, Estados Unidos podría considerar positivamente el efecto del Acuerdo sobre la seguridad nacional, incluso teniéndolo en cuenta al adoptar medidas comerciales en virtud de la Sección 232 de la Ley de Expansión Comercial de 1962”:
El beneficio, además de resultar hipotético (utilizando la conjugación verbal “podría”) no garantizaría la eliminación de aranceles impuestos tanto por la primera gestión de Trump como durante su gestión actual justificados por la supuesta “seguridad nacional” de EE.UU. y afectan al acero y aluminio, que son de carácter permanente.
Opacidad, falta de transparencia y entrega de soberanía
El comunicado de la Casa Blanca fue la vía de comunicación principal de este acuerdo. Ese comunicado cierra con esta frase: “EE.UU. y Argentina trabajarán de forma expeditiva para finalizar el texto del acuerdo para su firma y adopción de las formalidades locales y posterior ejecución”.
Por su parte, el Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, Pablo Quirno, publico en la red X este mensaje: “Es un privilegio y un honor anunciar que Argentina y los Estados Unidos han logrado hoy un Acuerdo Marco de Comercio Recíproco e Inversión. El Acuerdo crea las condiciones para aumentar las inversiones de EE.UU. en Argentina e incluye reducción de tarifas para industrias claves aumentando el comercio bilateral entre ambos países”[4].
Pocos minutos más tarde, la Oficina del Presidente emitió un muy breve comunicado con generalidades sobre el acuerdo, donde se destacan supuestos aspectos positivos y beneficios que no aparecen en el comunicado de la Casa Blanca. Es revelador en sí mismo que el gobierno argentino, en lugar de compartir el texto del acuerdo en español, haga su propia interpretación y relato con un Comunicado de la Presidencia.[5]
Al igual que sucedió con el acuerdo financiero con el Tesoro de los Estados Unidos, el pueblo argentino fue anoticiado de cuestiones que lo involucran primero por funcionarios de los EE.UU. (incluso en canal de noticias de aquel país, en la agencia Fox News[6]) y recién después por las autoridades argentinas. En segundo lugar, a la fecha se desconocen las principales operaciones realizadas a través del swap de monedas con EE.UU.: por un lado, tanto la compra de pesos por parte de Bessent como su rendimiento en el BCRA no han sido informados, y por otro, el uso del swap para pago de vencimientos con el FMI (a partir del Derechos Especiales de Giro) constituiría una peculiaridad también desconocida y muy opaca ante el Congreso y el pueblo argentino. No han sido respondidos ninguno de los pedidos de acceso a la información dirigidos al BCRA en relación a las características del swap de monedas. Tampoco han sido contestadas las preguntas realizadas al actual Canciller Quirno y ex Secretario de Finanzas en la Comisión de presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados. Incluso más, las conclusiones que hemos extraído sostienen que el gobierno de Milei ha utilizado la figura del swap de monedas para evitar al Congreso, usando al BCRA como pasamanos de algo que en verdad constituye una operación de crédito público.
Se abre una pregunta preocupante: ¿este acuerdo comercial con EE.UU. recorrerá el mismo camino que el acuerdo financiero? Sobre este último anuncio, la ausencia de beneficios claros para la Argentina en términos comerciales muestra la inexistencia de reciprocidad en este acuerdo bilateral, llevan al oscurantismo en términos comunicacionales y revelan la pretensión inconstitucional del gobierno argentino de esquivar al Congreso Nacional en una materia de su competencia.
Notas al pie
[1] Decreto 35/2025: medidas que actualizan trámites para registro y autorización de alimentos, tablas del Código Alimentario y habilitan trámites a través de plataformas (SIFeGA, VUCE), con posibilidad de reconocer certificados y documentación técnica del país de origen para acelerar la autorización. “En los casos de importaciones desde países con los que rijan tratados de integración económica o acuerdos de reciprocidad, la Autoridad Sanitaria Nacional podrá también considerar satisfechas las exigencias de este Código, previa evaluación del sistema de control alimentario en cada país de origen.”[1]
[2] Resolución 271/2025 (importación de vehículos particulares): a través de esta resolución, la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía permite que particulares importen autos y los patenten, usando la Licencia de Configuración de Modelo (LCM) del fabricante/importador existente y para el patentamiento se reconocerán las certificaciones de seguridad emitidas por organismos internacionales (Naciones Unidas, la Unión Europea y de los Estados Unidos, además de la de Brasil). Ver https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/319826/20250120?utm_source=chatgpt.com
La decisión de la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía, que mediante la Resolución 295/2025 cerró la segunda convocatoria para importar autos eléctricos e híbridos sin arancel, adjudicando 22.998 unidades. Sumadas las dos primeras licitaciones, a enero de 2026 ingresarán al país 50.000 vehículos. El Gobierno incluso ya abrió una nueva convocatoria para permitir la importación sin arancel de 50 mil unidades adicionales en 2026. Ver: https://www.argentina.gob.ar/noticias/el-gobierno-nacional-libera-la-importacion-y-registro-de-vehiculos-para-particulares?utm_source=chatgpt.com
Disposición 3280/2025: el gobierno permitió que personas traigan alimentos importados a través de courier “sin fines comerciales”, sin necesidad de realizar gestiones ante la ANMAT. Ver: https://www.argentina.gob.ar/noticias/llegaran-al-pais-50000-autos-electricos-e-hibridos
[3] Scott Bessent: “We have all hands on deck to end China’s choke-hold on our supply chain.” (desde el segundo 11) https://youtu.be/uD9qtA2JRaA?si=Y8Su-9yYTqQpVmgc&t=11
[4] Ver: https://x.com/pabloquirno/status/1989092161728471090
[5] Ver: https://x.com/OPRArgentina/status/1989120756450750562/photo/1
[6] “Scott Bessent, en Fox News: las 5 claves sobre el acuerdo de Estados Unidos con la Argentina”, Diario La Nación, disponible aquí: https://www.lanacion.com.ar/estados-unidos/scott-bessent-en-fox-news-las-5-claves-sobre-el-acuerdo-de-estados-unidos-con-la-argentina-nid10102025/
Registro bibliográfico
Informe CEPA N° 537, ISSN 2796-7166.
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