Financiamiento de la Educación Universitaria: análisis de la evolución considerando presupuesto 2027
Introducción
El presente informe tiene como objetivo analizar la situación presupuestaria de las Universidades Públicas Nacionales considerando la reciente publicación del Presupuesto 2027 por parte del Gobierno Nacional. En este marco, se realiza la comparación entre los impactos presupuestarios y salariales de la Ley insistida con mayoría agravada en el Congreso (Ley 27.795 “Financiamiento de la Educación Universitaria y Recomposición del Salario Docente”) con relación a la partida presupuestaria – Programa 26 – prevista en el Presupuesto 2027 enviado por el Gobierno nacional al Congreso el 15 de septiembre de 2026.
La Ley de Financiamiento Universitario fue sancionada por el Congreso el 21 de agosto de 2025. El 10 de septiembre, el Poder Ejecutivo decidió vetarla y devolverla al Congreso. Sin embargo, el 2 de octubre ambas Cámaras insistieron con mayoría agravada en su aprobación, por lo que la ley quedó definitivamente sancionada.
Ahora bien, el 21 de octubre de 2025, al momento de su publicación en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo dictó el Decreto 759/2025 y suspendió su aplicación. El argumento fue que la ley no establecía de manera explícita de dónde saldrían los fondos para financiarla, y que su ejecución quedaría suspendida hasta que esas partidas se incorporaran al Presupuesto Nacional. Esto resulta contradictorio con la propia ley, dado que establece que el Poder Ejecutivo puede realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias para garantizar su cumplimiento. Hace 330 días que se sancionó pero el Gobierno todavía no la aplicó.
Finalmente, el 23 de diciembre de 2025, el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N.º 11 declaró inaplicable el decreto y ordenó al Estado Nacional cumplir con la Ley 27.795. Para evitar cumplir con la ley, el 18 de febrero de 2026, el Gobierno Nacional envió al Congreso un proyecto de ley para modificar la Ley 27.795 de Financiamiento de la Educación Universitaria y Recomposición del Salario Docente. Sin embargo, a pesar de ingresar formalmente por la Cámara de Diputados, la iniciativa no llegó a ser tratada en comisión. [1] El pasado 15 de septiembre se presentó el proyecto de Ley Presupuesto General de la Administración nacional para el ejercicio fiscal 2027 que prevé un 20,9% de incremento en su Programa 26. A continuación en el presente informe se desarrollan las variaciones reales respecto de los valores vigentes de cada presupuesto desde el año 2023 tanto en lo referido a transferencias totales como a salarios.
Evolución del Presupuesto de Universidades Nacionales (2023-2027)
El presupuesto de las Universidades Nacionales, en su Programa 26, “Desarrollo de la Educación Superior”, registró un sensible ajuste durante la gestión de La Libertad Avanza.
- 2025 versus 2023. Entre ambos presupuestos, la caída en términos reales alcanzó 35,4%.
- 2026 versus 2023. Si se compara el 2023 con el presupuesto vigente en 2026 – hasta el 15 de septiembre (en pesos constantes y con proyección de la inflación hasta diciembre basada en la mediana del REM, ultimo disponible al mes de agosto 2026), implica hoy, y sin actualizaciones mediante hasta fin de año, una reducción acumulada de 33,8% respecto de 2023[2].
- 2027 versus 2023. El Proyecto de Presupuesto para 2027 prevé un leve crecimiento en términos reales de 0,3% en comparación con el crédito vigente para 2026 (actualizado a valores constantes para 2027). Sin embargo, consolida el ajuste sobre las Universidades Nacionales dado que se ubica 25,2% por debajo en términos reales de los niveles registrados en 2023.
- Presupuesto 2027 versus Ley de Financiamiento de Universidades Nacionales. Si se hubiera aplicado la Ley insistida, el presupuesto de Universidades Nacionales ascendería a $9,74 billones a valores de 2027 (actualizado por la inflación promedio del 2027). Es decir, la Ley de Financiamiento Universitario superaría en 29,8% el Presupuesto 2027.
- Discrecionalidad en los salarios para el 2027. El programa 26 (“Desarrollo de la Educación Superior”) incluye $851.558 millones del concepto Fortalecimiento de Recursos Humanos que, dado que se encuentra “bajo la línea”, su ejecución se encuentra al arbitrio de la Secretaria de Educación. Es decir, podría ejecutarse o no.

Salarios universitarios
Desde la asunción del Gobierno de La Libertad Avanza, tanto los docentes como el personal no docente de las Universidades Nacionales registraron una fuerte pérdida de poder adquisitivo en sus salarios: hasta agosto de 2026, el poder adquisitivo de los trabajadores docentes y no docentes universitarios permanece 25,0% por debajo del nivel de noviembre de 2023.
La mayor parte de esa caída se concentró en los primeros ocho meses de gestión (diciembre de 2023 a julio de 2024), cuando se observó una reducción de 23,1% en términos reales respecto de noviembre de 2023.
Tomando ese mes como base, el salario real se redujo 24,4% en 2024 y 10,1% en 2025, acumulando así una caída total de 32,1% hasta diciembre de 2025. Finalmente, en los primeros ocho meses de 2026 se observó un rebote real de 10,3%: hasta agosto los salarios docentes y no docentes crecieron 33,8% mientras que el IPC creció en 21,3%.

La Ley de Financiamiento Universitario disponía la convocatoria inmediata a paritaria nacional para recomponer el poder adquisitivo perdido entre diciembre de 2023 y la publicación de la norma en el Boletín Oficial (octubre de 2025). Esto implicaba un aumento salarial de 44,0%, restituyendo el poder adquisitivo del personal docente y no docente universitario a los niveles de noviembre de 2023. A su vez, fijaba la obligación de preservar estos niveles en las negociaciones paritarias que se realizaran en los meses posteriores a la aplicación de esta Ley.
El Presupuesto 2027 en su artículo 12, último párrafo, establece: “Las plantas de personal docente y no docente sobre las cuales se aplicarán los aumentos salariales en el año 2027 serán las vigentes a las liquidaciones correspondientes al mes de noviembre de 2026, salvo los aumentos de las plantas aprobadas y autorizadas por la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, según lo establezca el MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.”

En particular, al examinar la evolución histórica del salario de un Jefe de Trabajos Prácticos (JTP) con dedicación semi-exclusiva y sin antigüedad, el impacto del deterioro salarial se torna especialmente evidente.
Expresado a valores de agosto de 2026, el salario correspondiente a esta categoría alcanzaba los $1.163.366 en noviembre de 2015, mientras que en agosto de 2026 se ubicó en $652.727, lo que implica una reducción real de 43,9%.
De haberse aplicado la Ley de Financiamiento Universitario, la pérdida de poder adquisitivo respecto a noviembre de 2015 se habría acortado sustancialmente. En pesos de agosto de 2026, el salario de un JTP habría alcanzado los $870.744, moderando la caída respecto de noviembre de 2015 a 25,2%.

Al comparar los valores de la Canasta Básica Alimentaria (CBA) y la Canasta Básica Total (CBT) correspondientes a un Hogar Tipo 2 (cuatro integrantes: dos adultos y dos niños) en agosto de 2026 con los salarios básicos brutos (sin antigüedad) del personal docente y no docente universitario, se advierte que la gran mayoría de las escalas salariales se encuentra por debajo de la línea de la pobreza.
En agosto de 2026, la CBT para este grupo familiar alcanzó $1.605.497, mientras que la CBA se situó en $726.469. La cobertura de estas canastas según el nivel de dedicación y escalafón presenta la siguiente situación:
Cobertura de la Canasta Básica Total (Línea de Pobreza)
- Únicamente las categorías de Profesor Titular ($1.948.581) y Profesor Asociado ($1.733.955) logran superar la línea de pobreza, con un margen de apenas $343.084 y $128.458 por encima de la CBT, respectivamente. El resto de las categorías docentes con dedicación exclusiva percepciones por debajo del costo de la canasta total.
- Solo el personal no docente de las tres categorías superiores perciben remuneraciones brutas por encima de $1.605.497. El resto de los tramos se encuentran bajo la línea de pobreza.
Cobertura de la Canasta Básica Alimentaria (Línea de Indigencia)
- Solo los Profesores Titulares, Asociados y Adjuntos con dedicación semi-exclusiva perciben salarios básicos brutos por encima de $726.469 requeridos para cubrir la CBA. El resto de los cargos con esta dedicación no alcanzan a cubrir la CBA.
- La totalidad de las categorías con dedicación simple percibe salarios brutos que se ubican por debajo de la línea de indigencia.
Conclusiones
- La ley 27.795 de financiamiento universitario fue sancionada por el Congreso el 21/08/2025, vetada el 10/09 y ratificada por el Congreso el 02/10. El 21/10 el Gobierno suspendió su aplicación mediante el Decreto 759/2025 por supuesta falta de financiamiento, pese a que la propia ley habilitaba realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias. El 23/12/2025 la Justicia ordenó aplicarla y, para evitar su implementación, el 18/02/2026 el Gobierno envió un proyecto al Congreso para modificarla. Sin embargo, a pesar de ingresar formalmente por la Cámara de Diputados, la iniciativa no llegó a ser tratada en comisión.
- El presupuesto de las Universidades Nacionales, en su Programa 26, “Desarrollo de la Educación Superior”, registró un sensible ajuste durante la gestión de La Libertad Avanza.
- 2025 versus 2023. Entre ambos presupuestos, la caída en términos reales alcanzó 35,4%.
- 2026 versus 2023. Si se compara el 2023 con el presupuesto vigente en 2026 – hasta el 15 de septiembre (en pesos constantes y con proyección de la inflación hasta diciembre basada en la mediana del REM, ultimo disponible al mes de agosto 2026), implica hoy, y sin actualizaciones mediante hasta fin de año, una reducción acumulada de 25,4% respecto de 2023[3].
- 2027 versus 2023. El Proyecto de Presupuesto para 2027 prevé un leve crecimiento en términos reales de 0,3% en comparación con el crédito vigente para 2026 (actualizado a valores constantes para 2027). Sin embargo, consolida el ajuste sobre las Universidades Nacionales dado que se ubica 25,2% por debajo en términos reales de los niveles registrados en 2023.
- Discrecionalidad en los salarios para el 2027. El programa 26 (“Desarrollo de la Educación Superior”) incluye $851.558 millones del concepto Fortalecimiento de Recursos Humanos que, dado que se encuentra “bajo la línea”, su ejecución se encuentra al arbitrio de la Secretaria de Educación. Es decir, podría ejecutarse o no.
- Presupuesto 2027 versus Ley de Financiamiento de Universidades Nacionales. Si se hubiera aplicado la Ley insistida, el presupuesto de Universidades Nacionales ascendería a $9,74 billones a valores de 2027 (actualizado por la inflación promedio proyectada por el Gobierno del 2027). Es decir, la Ley de Financiamiento Universitario superaría en 29,8% el Presupuesto 2027.
- Desde la asunción del Gobierno de La Libertad Avanza, tanto los docentes como el personal no docente de las Universidades Nacionales registraron una fuerte pérdida de poder adquisitivo en sus salarios: hasta agosto de 2026, el poder adquisitivo de los trabajadores docentes y no docentes universitarios permanece 25,0% por debajo del nivel de noviembre de 2023.
El Presupuesto 2027 en su artículo 12, último párrafo, establece: “Las plantas de personal docente y no docente sobre las cuales se aplicarán los aumentos salariales en el año 2027 serán las vigentes a las liquidaciones correspondientes al mes de noviembre de 2026, salvo los aumentos de las plantas aprobadas y autorizadas por la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, según lo establezca el MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.”
- Salario histórico un Jefe de Trabajos Prácticos: un JTP con dedicación semi-exclusiva sin antigüedad pasó de cobrar $1.163.366 (noviembre de 2015) a $652.727 (agosto de 2026) en pesos de agosto 2026, una caída real de 43,9%. Con la Ley de Financiamiento Universitario, la pérdida se habría reducido considerablemente dado que el salario sería $870.744 (-25,2%).
- Salarios por debajo de la línea de pobreza e indigencia: en agosto de 2026 solo los docentes titulares y adjuntos con dedicación exclusiva y los no docentes de categoría 1, 2 y 3 superan la línea de pobreza (CBT para Hogar Tipo 2), siendo que el resto de los trabajadores no docentes perciben salarios por debajo de la línea de pobreza. Considerando la CBA, los JTP y Auxiliares de dedicación semi-exclusiva, al igual que todos los cargos de dedicación simple, se encuentran por debajo de la línea de indigencia.
Notas al pie
[1] Esta Ley de Financiamiento Universitario insistida establecía aumentos sustancialmente menores a los previstos en la Ley de Financiamiento Universitario, en distintas partidas presupuestarias, diferenciando entre gastos de funcionamiento y recomposición salarial para docentes y no docentes de las Universidades Públicas.
[2] Para construir el valor del Presupuesto vigente en 2026 a pesos constantes según el REM de los meses restantes arrojaría 7,35 billones a fin de 2026.
[3] Para construir el valor del Presupuesto vigente en 2026 a pesos constantes según el REM de los meses restantes arrojaría 7,35 billones a fin de 2026.
Registro bibliográfico
Informe CEPA N° 669, ISSN 2796-7166.
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